FALLOS DE LA CORTE SUPREMA nulidad pedida, son cuestiones de hecho y de derecho procesal suficientes para sustentar la resolución apelada e irrevisibles en la instancia extraordinaria (1).
CARLO + SARCHI y. PABLO DOCTOROVICH y OTRO
RECURSO EXT AORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Normas ertraños al juicio. Varias.
La eues' un federal atinente a la inconstitucionalidad del art. 2600 del Códige Civil resulta insubstancial e insuficiente para el otorgamiento de la apeInción extraordinaria cuando ln sentencia recurrida coneuerda con doctrina reiterada de la Corte de la que el apelante no da razones fundadas para prescindir, e FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 25 de julio de 1958.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Pablo Doctorovich en la causa Sarchi Carlos e./ Doctorovich Pablo y Martini Omar", para decidir sobre su procedencia.
Y considerando: :
Que a la deficiencia de fundamento de la queja, de cuya lectura no resulta la razón de la impugnación de inconstitucionalidad del art. 2609 del Código Civil debe agregarse lo resuelto en los autos principales concuerda con la atea de esta Corte, establecida en Fallos: 174:105 y otros, de la que no se dan razones fundadas para prescindir en el caso.
Que en tales condiciones la cuestión federal plantenda resulta insubstancial, en los términos de la doctrina establecida en Fallos: 194:220 , consid, 4? y sus citas, e insuficiente para el otorgamiento de la apelación.
Por ello se desestima la precedente queja.
ALrnDo Orcaz — BENJAMÍN ViLLEGAS Basaviznaso — AnstósuLo D.
Aníoz ng Lawanrin — Luis María Borrr Bocoeno — Jurio Ovma
NARTE.
1) 25 de juito.
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Año: 1958, CSJN Fallos: 241:98
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