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Fallos: 24:387 de la CSJN Argentina - Año: 1882

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DE JUSTICIA NACIONAL 387 Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Julio 28 de 1682.

Vistos y considerando : Que la competencia de este Juzgado es por razon de la nacionalidad del demandado, segun se comprobú á f. 2" Que con arreglo al artículo 1° de la ley nacional de 3 de Setiembre de 1878 el conorimiento de las causas de jurisdiccion concurrente, quedó escluido de los Juzgados de Seccion, siempre que lo que se demande no exceda de 500 $f.

Que con arreglo al artículo 10 inciso 19 de la ley orgánica de los Tribunales de la Capital, los Jueces de Paz tienen jurisdiccion para conocer en demandas hasta 300 3f. Que segun el escrito de f. 13 lo que se demanda á Antola, son 208 pesos fuertes 83 centavos por lo que el conocimiento de este juicio compete al Juez de Paz respectivo, Por esto así se declara y entréguese el espediente al interesado prévio pago de costas para que ocurra ú donde corresponde.

Virgilio M. Tedín.


VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

El artículo 309 de la ley de Organizacion de los Trihunales de Ja Capital estatuye « que los asuntos que se tramitan ante los Tribunales de la Provincia y que corresponden á la jurisdiccion de la Capital, pasarán ú los Tribunales Nacionales que por ella se establecen ».

Estendida por la misma ley, la jurisdiccion de la justicia de Paz hasta la suma de 300 pesos fuertes, debió pasar al Juez de

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Año: 1882, CSJN Fallos: 24:387 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-24/pagina-387

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