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Fallos: 238:384 de la CSJN Argentina - Año: 1957

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La FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
FERMIN LUIS THEILER y. EMILIO RUDOLF
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Normas extrañas al juicio. Disposiciones constitucionales, Art. 15.

La cireunstancia de que los dervehos del tambero-mediero desapoderado de los animales, útiles y enseres del propietario del establevimiento deban dilacidarse por vía de juicio de indemnización, on motivo de la rescindibilidad del contrato Inboral, no configura violación de la defensa que antoriee la concesión del recurso extraordinario (1).


ERIBERTO OSVALDO MANAVELLA
PROCURADOR.
Para que un profesional inseripto en la matrícula de procuradores de una cámara nacional del interior del país pueda netuar ante los tribunales de la Capital Federal, es necesario que complemente la garantía prevista en el ort. 3 ine, 4, de la ley 10.998, DictamEN DEL Procunapor GENERAL Suprema Corte:

De acuerdo con lo dispuesto en el art. ?° de la ley 10.996 corresponde anotar en el registro de procuradores que lleva la Suprema Corte Nacional a los que han obtenido su inseripción en los registros que están a cargo de las cámaras nacionales.

Estimo, pues, que corresponde hacer lugar n lo solicitado.

Buenos Aires, 25 de julio de 1957. — Sebastiún Soler.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 9 de agosto de 1957.

Vistos los nutos: °°Manavella Eriberto Osvaldo solicita inseripción en la matrícula de proeuradores"', para decidir con respeeto a lo solicitado precedentemente.

Considerando:

Que de la presentación e informe que anteceden resulta que el doctor Eriberto Osvaldo Manavella ha sido inseripto en 1: matrícula de procuradores que lleva la Cámara Nacional de Apelaciones de Rosario —art. 29, ap. 29, de la ley 10.996—, hahiéndose Y de agosto.

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Año: 1957, CSJN Fallos: 238:384 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-238/pagina-384

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