NACION ARGENTINA v. FRANCISCO EYHERABIDE
1CURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias.
Procede el recurso extraordinario cuando el tribunal apelado, pese a haber sido propuesta y mantenida en la alzada, omite considerar en la sentencia la pretensión del fisco recurrente de que el cómputo de las ventas posteriores a la fecha en que se dispuso la expropiación, es contrario a lo dispuesto en el art. 11 de la ley 13.264, no obstante tratarse de una cuestión conducente para la 5olución del pleito.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Resolución, Revocación de la sentencia apelada, La omisión por el fallo apelado de una cuestión debida y oportanamente propuesta y conducente para la solución del pleito, invalida el pronunciamiento,
DICTAMEN DEL Procrnabonr GENERA:
Suprema Corte:
De acuerdo con el criterio que he sustentado y Y. E. admitió in re "Romero Germán e,/ Clobierno de la Nación, s./ pensión militar, Recurso de hecho" (Fallos: 233:60 ), me permito devolver esta queja sin dietamen, Buenos Aires, 5 de abril de 1957. — Sebastián Soler.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 13 de mayo de 1957.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Procurador Fiseal de la Cámara Nacional de Apelaciones de La Plata en la causa Gobierno Nacional e./ Eyherabide Francisco", para decidir sobre su procedencia.
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Año: 1957, CSJN Fallos: 237:603
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