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Fallos: 237:601 de la CSJN Argentina - Año: 1957

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DICTAMEN DEL Puocuranor GENERAL
Suprema Corte: .

La resolución apelada, en cuanto atribuye competencia a un juez nacional y no a otro de igual eategoría, no comporta denegación de fuero federal ni es, por lo tanto, susceptible de revisión en la instancia del art. 14 de la ley 48.

El recurso extraordinario es en consecuencia improcedente y correspondería declarar que ha sido mal acordado a fs. 73. Buenos Aires, 7 de setiembre de 1956. — Sebastián Soler.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 13 de mayo de 1957.

Vistos los autos: "Empresa Nacional de Transportes e./ Cía, Swift de La Plata S. A, s,/ cobro de alquileres", en los que a fs, 73 se ha concedido el recurso extraordinario contra la senteñeia de la Cámara Nacional de Apelaciones de Paz de fecha 6 de julio de 1956, Considerando :

Que en el escrito de responde (fs, 32/42) la demandada artieuló, como excepción de previo prom viamiento, la incompetencia de jurisdicción, que la Cámara Nacional de Apelaciones de Paz (Sala TI) ha desestimado, confirmando In resolución de primera instancia (fs. 63), y coneedido el recurso extraordinario interpuesto a fs, 66,

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Año: 1957, CSJN Fallos: 237:601 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-237/pagina-601

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