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Fallos: 237:599 de la CSJN Argentina - Año: 1957

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 13 de mayo de 1957.

Vistos los autos: ° Degeda Sixto Silva c./ Parabué José KR. s./ reajuste de sueldos, aguinaldos y vieaciones", en los que a fs. 154 vta. se ha concedido el recurso extraordinario contra la sentencia del Tribunal del Trabajo 1 3 de Bragado, Provincia de Buenos Aires de fecha G de julio de 1955.

Considerando :

Que contra la sentencia condenatoria del Tribunal del Trabajo de Bragado (fs. 84) el demandado interpuso recurso para ante la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires (fs. 100), e impugnó al mismo tiempo de inconstitucional el art, 57 de la ley 5178 (t. o.) de esa provincia, sosteniendo que la exigencia del previo depósito del capital, intereses y costas provisionales dispuesto por el texto citado para la coneesión de los reeursos, viola la garantía de la defensa en juicio consagrada por la Ley Fundamental, Que dichos recursos le fueron denegados (fs. 102 y 116), deelarando el « que la eonstitucionalidad del texto impugnado, denegatoria que ha motivado la dedueción del recurso (fs. 126).

Que enestionándose, en consecuencia, la constitucionalidad de una norma provincial y siendo In deci sión contraria a la cláusula constitucional invocada Constitución Nacional art. 18), el recurso extraordinario es procedente.

Que, en cuanto al fondo de la enestión, con arreglo a la jurisprudencia de esta Corte, la tacha de inconstitucionalidad debe ser desestimada. En efecto, la sola exigencia del depósito previo de cierta suma de dinero para la concesión de un recurso, tiene de

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Año: 1957, CSJN Fallos: 237:599 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-237/pagina-599

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