de formularse la petición de señalamiento de término no comprueba la existencia de interés legítimo bastante para la procedencia del recurso denegado, Tampoco basta lo expresado en la queja en el sentido de habérsele impedido articular "las muehas razones de hecho y de derecho" que hubiese tenido para oponerse a la fijación de plazo —Fallos: 234, 42, 189, 245 y otros—.
Por ello y habiendo dictaminado el Sr. Procurador General, se desestima la precedente queja.
Atrreno Orcaz — MaxveL J.
Ancañarís — Exmeore V.
Gartr — Cantos Hennena,
NACION ARGENTINA v. 8. A. CERVECERIA BIECKERT
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de otras normas y actos federales.
La circunstancia expresada de haberse ajustado la resolución a ls procura eoneretas de la causa, habida cuenta principio jurisprudencial invocado, obsta a la procedencia del recurso extraordinario sobre la base del art. 113 del Reglamento para la Justicia Nacional.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales, Iuterpretación de normas y actos comunes.
La norma del art. 49, ine. b), de la ley 13,893 es de derecho común y no excede tal carácter por la eircunstanej de que dieha ley rija en todo el territorio de la República. Por ello, su aplicación e interpretación no incumbe a la Corte Suprema por vía del recurso extraordinario.
Compartir
89Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1956, CSJN Fallos: 235:364
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-235/pagina-364
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 235 en el número: 364 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos