los testigos Reginald o Gibbons (fs. 103/4), Alfredo Cadenas (fs. 104 vta. /5) y Carmelo Meliton Bonet (fs. 106); ——en la absolución de posiciones puestas al actor (fs. 98/101); y en la prueba documental, consistente en el informe de fs. 110 de la Dirección General Impositiva, en las constancias del juicio °°Maronna, Víetor Roque e/ Bonifati, Antonio s/ rescisión de boleto y daños y perjuicios" que tramitó por ante este Juzgado y Secretaría Actuario y que corre agregado por cuerda floja; y en las fotocopias de los expedientes administrativos que también corren agregados por cuerda floja.
que en cuanto a los recortes periodísticos acompañados por el actor, en su alegato de bien probado (fs. 117/98), y en atención al estado del juicio a la época de su presentación, sólo pueden ser tenidos en cuenta como expresiones personales de la parte a los presentó; ya que pudo o transeripto en el texto de dicho escrito.
La primera cuestión a resolver de acuerdo con le pacta por las partes, es la siguiente: ¿La cláusula quinta del boleto de compraventa es válida o, como lo pretende la actora es de nulidad absoluta? La validez de esta eláusula está fundada en la autonomía de la voluntad, reconocida por la ley en el art.
1197 del Código Civil. Pero esta norma está coartada por la regla del art. 21 del mismo Código : "° Las convenciones partieulares no pueden dejar sin efecto las leyes en cuya observancia estén interesados el orden pete y las buenas costumbres", La escasez de vi ha motivado la preocupación del Gobierno y, en su consecuencia, el Baneo Hipotecario Nacional acuerda 2 todo trabajador —tal como se establece en el "Plan Eva Perón"— préstamos para la vivienda propia, de liberalidad extrema. Igualmente otras Instituciones Públicas y entidades sindicales y mutualidades, trabajan activamente en pro de la solución hd de la vivienda familiar.
El accio ha podido e el e el que .
encuentra el departamento gracias apoyo Banco Hipotecario Nacional. De tal manera recurre y reconoce la eficacia de las Instituciones Estatales, . cuando se siente lesionado en sus intereses, desconoce la bondad de otro ente del Estado y rechaza los precios que se le han asignado para la venta de los locales.
Es evidente que el actor, presionado por la urgente necesidad de encontrar un ámbito mr fijar su vivienda, ha debido someterse a suscribir cuanta clánsula se le ta exigido. Pero no es menos cierto que todos los actos del actor, que ocupó su departamento, fueron realizados considerándose propietario, tal como surge de los informes de fs. 61/2 y 83/4, El demandado ha reconocido en autos los pagos que le ha efectuado Bonifati, que alcanzan al 70 del precio fijado por
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Año: 1956, CSJN Fallos: 234:360
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