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Fallos: 230:139 de la CSJN Argentina - Año: 1954

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del expropiado, sino por el carácter especial de este tipo de taones.

Quedarían pues, como los dos únicos antecedentes que pudo tenerte cuenta el Tena de Pra A el mu.

que se expropia, el precio 06 m/n. a $ 4,26 m/n.

el m3, obtenido en el remate efectuado 1 año y 1 mes antes de la fecha de toma de posesión del terreno que aquí se cuestiona y la tasación de $ 2,00 m/n. el m° hecha por el Banco Hipotecario Nacional sobre un terreno más retirado y sobre calle sin pavimentar en la época de la toma de posesión.

alone pandas detacar que en autos y en especial en las actuaciones pasadas ante el Tribunal Tasaciones, existen otros elementos demostrativos del valor del terreno, aportados por el representante del demandado ante dicho Tribunal, Sr. Antonio López de Calatayud, euya actuación en la defensa de los de.

rechos de su representado es seria e interesante por la documentación que llevó a conocimiento de ese organismo.

Entre estos últimos están las opiniones de los martilleros más acreditados de la zona: el Sr. Jaime C. Hemmingsen que taxó entre $ 5,50 y 6,00 m/n. el m° del terreno que se expropia, Emart leo (mo a to . ; de e: 10gimo Iriarte entre 8 5 y $ 6 m/n. (informe escrito Está también el informe del Ing. Néstor A. Casanova, que como perito judicial tasó en $ 1,10 m/n. el m.? de terrenos vetao, Año 1934, es decir más de 13 años antes de esta expro Existe también un antecedente que pese a su singularidad no puede desestimarse y es la venta efectuada el 31 de diciembre de 1946, de un lote de 346,86 m., en la misma chacra 32, a razón de $ 11,17 m/n. el m, y que si bien la Sala III del Tribunal no la tomó en cuenta por "ser aislada para sostener una opinión y considerarse una venta afortunada", debe tenerse como prueba relativa y apreciársela junto con otros elementos probatorios.

Con todos estos antecedentes y coincidiendo con el Tribunal de ho poe "e side las -— realizadas con posterioridad a la fee! toma de posesión, el suscripto estima que el precio de $ 1,70 m/n. el m3, fijado por dicho Tribunal es exiguo, así como es abultado el de $ 8 m/n., sostenido por el renresentante del demandado y aún el de $ 5 'm/n. estimado por éste al contestar la acción a fs. 48.

Por ello y eompulsando todos los valores e informes arriba mencionados, atento las características del bien que se expropia,

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Año: 1954, CSJN Fallos: 230:139 
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