dente vista, se confirma con costas el auto npelado de foja veinticuatro. Satisfechas las de la instancia y repuestos los sellos, deruélvanse.
3. D. GOROSTIAGA. — 3. DOMINGUEZ, —
O. LEGUIZAMON.— ULADISLAO FRIAS.
S. M. LASPIUR.
—-——
CAUSA XC
Doña Ana Susini de Nevares en tercería de dominio, contra la ejecucion de los señores Demmateis y tiuarnaeci con los señoves Nevares, Casares y Santa Coloma.
Sumario. — 1" Los bienes comprados 4 nombre de la esposa, pero que no consta lo hayan sido con dinero de ella, y como es de la misma el dinero en el documento de compra, pueden ser enajenados y obligados á título oneroso por el marido.
2" Dichos bienes puede mandarlos enajenar el Juez para satisfacer obligaciones contraidas por el marido durante el ma trimonio.
3" Los documentos privados no tienen fecha cierta para los terceros, antes de su exhibicion en juicio.
Compartir
69Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1881, CSJN Fallos: 23:431
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-23/pagina-431¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 23 en el número: 431 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
