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Fallos: 23:411 de la CSJN Argentina - Año: 1881

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DE JUSTICIA NACIONAL a" llol € hijos y D, Emilio Boudio, se promovió un incidente sobre £ la venta de los muebles embargados pedida por el depositario °c y el ejecutante, y sobre el cambio de depositario pedido por el tercerista, en rebeldia del ejecutado, Resuelta la tercería, la Suprema Córte proveyó.

Falle de la Suprema Córte Buenos Aires, Julio 28 de 1881.

Vistos y considerando: que por sentencia de esta fecha se ha declarado no haber lugar á la tercería interpuesta por Don Jorge Stump, y debiendo por lo tanto seguir en Primera Instancia el juicio ejecutivo, que suspendió dicha tercería; agrégueso este incidente á los autos principales, y remítase con ' ellos al Juez de Seccion, para su resolucion, conforme á derecho.

4. B. GONOSTIAGA. — 4. —
ULADISLAO FRIAS. — 5. M. LASPIUR.
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Año: 1881, CSJN Fallos: 23:411 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-23/pagina-411

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