CAUNA XXXIX
Don Enrique N. Piaggio contra el Fisco Nacional sobre entrega del vapor «Galileo», y contra D. Deolindo Muñoz y otros, sobre tereeria de dominio en la ejecución contra dicho vapor.
Sumario. —1° No puede resolverse sobre la entrega de una cosa, cuya confiscacion pide el Fiscal Nacional en autos criminales, mientras no se dicte en estos resolucion definitiva, El privilegio que el artículo 1021, Inciso 12 del Código de Comercio, acuerda á los cargadores sobre el buque por no haberse entregado en el puerto de su destino los efectos cargados, subsiste aunque la espedicion haya corrido por cuenta del arrendatario del buque, y no por la de su dueño.
3" El dueño del buque tiene á salvo sus derechos para pagar los créditos privilegiados, é inquirir las ulterioridades del juicio ejecutivo seguido por los acreedores.
Caso. — El caso se hallo esplicado en el Fallo del Jues de Beecion Corrientes, Abril 14 de 1880.
Y vistos: D. Pedro N. Vera, apoderado de D. Enrique Rocco Piaggio, opone tercería de dominio: 4° en el juicio criminal que Y. xi 1"
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Año: 1881, CSJN Fallos: 23:195
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