57 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA vención que le corresponde (fs. 198). Buenos Aires, 8 de marzo de 1954, — Carlos G. Delfino.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 3 de mayo de 1954, Vistos los autos: "Casa Jacobo Penser Ltda, $.
A. — Sumario 1" 337 —G— 1947 6 410.407/48 (Aduaha de la Capital) s- recurso contencioso", en los que a fs, 194 esta Corte Suprema declaró procedente el reenrso extraordinario.
Considerando :
Que el recurso extraordinario interpuesto a fs. 188 y emeedido a fs, 194, procura la aplieación, al presente enso, de la doctrina de Fallos: 205, 310, en cuanto estahleció que el papel tipificado libre de derechos de importación '. es susceptible de merecer esta franquicia enando < lo uestina a publicaciones de enrácter comerejal, Sostuvo, además, el representante del Fisco Nacional, que la sentencia de fs. 171 decide lo contrario, en violación de los arts, 51 de la ley 12.964, 1030 de las 00, de Aduana, 74 del T. O. de la ley respectiva y 88 del T. O. de su deereto reglamentario, ya que ese fallo emsidera que el infractor no ineurre en sanción si luego de la modifiención de la jurisprudencia y antes de ser notificado de la denuncia del heeho, se presenta n la Aduana pidiendo se liquiden los derechos pertinentes; no estimando que la denneia surta tales efectos sino después de notificada al infractor, Que desde Juego, la existencia o inexistencia de denuncia, no es eireunstancia que, legalmente, autorice a considerar eometida o no una infracción , duanern,
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Año: 1954, CSJN Fallos: 228:576
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