JOSE MUÑOZ
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propias. Cuestión federal, Cuestiones federales simples. Interpretación de las leyes federales.
Procede el recurso extraordinario si se ha enestionado la naturaleza y aleanee de la ley 14.129 —art. 7— que pena el delito de contrabando previsto con anterioridad por el art. 1036 de las 00. de Adnana.
ADUANA: Infracciones, Contrabando, Para la determinación del valor de las mercaderías objeto de contrabando —art. 7" de la ley 14.129— procede adoptar el aforo de las respectivas mercaderías en la Tarifa de Avalúos.
SENTENCIA DEL JUEZ NACIONAL EX LO PENAL ESPECIAL
Buenos Aires, 16 de marzo de 1953, Y vistos:
Para dictar sentencia en esta emusa 1" 2172/52 instruida a usé Muñoz, español, casado, empleado, de 26 años de edad, con domicilio en la calle Castelli 346 —Capital— por el delito «de contrabando. Del examen de autos; Resulta:
T. Que el día 4 de agosto de 1952 siendo las 18 y 30 horas, personal de la Subprefectura de Puerto Nuevo, procedió a la detención de José Muñoz en circunstancia que llevaba en forma oculta en los brazos debajo de la eamisa. nueve paquetes de eigarríllos. :
II. Al ser indagado Muñoz ratificó su declaración prestada ante las autoridades aduaneras en la que expresó que la mercadería que se detalla precedentemente es de si propiedad por haberla adquirido en calidad de obsequio por parte de un tripulante del vapor Sestriero, a bardo del eual había conenrrido a almorzar con una persona amiga, pensando destinaria para su consumo particular. Agrega que a bordo del vapor y antes de descender el mismo tripulante lo aleecionó para que
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Año: 1953, CSJN Fallos: 227:703
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