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Fallos: 226:652 de la CSJN Argentina - Año: 1953

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ez FALLOS DE LA CORTE SUPREMA re no importen privar de validez a procesaTes ar o que h contengan oc las que resulte un eriterio distinto.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia policial.

Los tribunales de justicia policial i De E enero de 1953, salvo que se tratase del caso previsto en el art, 397 del Código de Procedimientos de la Justicia Policial Nacional, referente a hechos cuyo conocimiento hubiera correspondido al fuero castrense, DiCTAMES DEL Procvnanor GENERAL Suprema Corte:

En estas actuaciones se imputa a tres miembros del personal de Gendarmería Nacional la comisión, en el ejercicio de la función policial y en lugares sujetos a su autoridad, de los delitos de contrabando y encubrimiento de contrabando.

De acuerdo con las normas de jurisdicción vigentes al momento en que ocurrieron los hechos, dichos delitos debían ser juzgados —no obstante las modalidades que los caracterizaban— por la justicia federal art. 6" de la ley 14.050).

De conformidad, en cambio, con las disposiciones actualmente vigentes a raíz de la sanción del Código de Justicia Policial (ley 14.165), el juzgamiento de delitos de esa misma naturaleza corresponde —preeisnmente en razón de las modalidades que caracterizan los de nutos— a la jurisdicción policial (art, 66, ine. 7, del Tratado Segundo— Código de Procedimientos de la Justicia Policial Nacional).

Con tal motivo discrepan el juez de instrucción de

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Año: 1953, CSJN Fallos: 226:652 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-226/pagina-652

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