AÑO 1953 — SETIEMBRE
EDUARDO OJAM GACHE Y ANDRES BACIGALUPO
ROSENDE
RECURSO DE REPOSICIÓN,
El recurso que persigue, no la aclaratoria de un error máterial, en los términos de los arts. 24, inc. 4, ap. final, ley 13.998 y 232 de la ley 50, sino la reposición de lo decidido dy te sea dejada sin es formalmente improcedente (°).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso. Término, Es improcedente el recurso extraordinario interpuesto en subsidio de los de revocatoria y nulidad (2).
DIRECCION GENERAL DE TIERRAS v. JOSE
FRANCISCO BADIN
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal, Cuestiones federales simples. Interpretación de las leyes federales. Leyes federales de carácter procesal.
Como prineipio, la inteligencia de los preceptos rocesales e io adado la competencia reconocida de un tribunal nacional con exclusión de otro de igual naturaleza, no da lugar al recurso extraordinario, 1) 7 de setiembre, e:
2) Fallos: 180, 42; 191, 366; 201, 339; 210, 452; 223, 485.
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Año: 1953, CSJN Fallos: 226:572
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