de sus tareas, anunciando a esta Corte la fecha de iniciación de su cometido.
Todo lo eual dispusieron y mandaron, ordenando se eomunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí que doy fe, — RopoLro G. VaLeszueLa, — Tomás D. Casares. — FeLiPE SANTIAGO Péxez, — Ario Pessaoxo. — Luis R.
LoneHt. — Eduardo €. González del Solar (Secretario),
ESTADISTICAS
En Buenos Aires, a los diecisiete días del mes de setiembre del año mil novecientos cincuenta y tres, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal el Sr. Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, doctor don Rodolfo G. Valenzuela y los señores Ministros doctores don Tomás D. Casares, don Felipe Santiago Pérez, don Atilio Pessagno y don Luis R.
Longhi, Considerando :
Que los euadros estadísticos a que se refiere la primera parte del artíenlo 34 del Reglamento para la Justicia Nacional, en los que cuatrimestralmente se consigna el estado de las enusas de cada juzgado, deben ser examinados en primer término.
por las Cámaras de Apelaciones respectivas, las que los elevarán a esta Corte Suprema, previa vista del Sr. Fiseal de Cámara y sustanciación de las medidas reclamadas por las observaciones que aquel estudio les angiera, expresando, además, las conclusiones resulten de todo ello, Que la oervancia sine las depois de po MIN con posterioridad octubre próximo permit reactivar de oficio y de acuerdo con ellas, los procedimientos de las causas en cuya sustanciación se observe la prolongada inactividad de las partes que la ley contempla, por lo que las normas precedentes conviene sean aplicadas en ocasión de las estadístiens que deben tarse en el mes de febrero próxiE o TAaD A Te enero en ÍA: AC, los primeros resultados de aquella ley, predecido en el cuatri mestre de 1° de octubre de 1953 a 31 de enero de 1954,
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Año: 1953, CSJN Fallos: 226:570
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