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Fallos: 224:503 de la CSJN Argentina - Año: 1952

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Estado exterioriza su voluntad, "Esta voluntad debe ser deelarada en modo válido para que pueda producir efectos jurídicos) (T. Brannío CAvaLcanti, Tratado de dercita administrativo, t. 2, p. 215), "El concepto mismo de este acto supone necesariamente la existencia de una voluntad no viciada" (G. Fraca, Derecho administrativo, p. 245), Vinesino la manifestación de voluntad + un —— A.

nistrativo, en sus respectivas definiciones, la mayor! autores de Derecho Administrativo: Sant Romano, Diritto Amministrativo, p. 321; Luis Romnann, Précis, p. 49: Smuvio TrENTIN, L'atlo amministrativo, p. 128; RANELLETTI, Le quarentigie della giustizia, p. 449; 1D 'Araiaro, Istituzione, t. T, p. 148; Mevcer, Istituzione, p. 146.

De manera que el acto administrativo, según su naturale- a za, supone la concurrencia de tres elementos: un sujeto público, una manifestación de voluntad y un objeto determinado, De las múltiples clasificaciones que se hacen de los actos administrativos, quiero tan sólo destacar, por oposición a las simples manifestaciones de voluntad del Poder Administrador, la existencia de los actos administrativos llamados ° complejos".

Como observa Risrors, trátase de una distinción relativamente reciente, pero de gran importancia, sobre todo en el juzgamiento de sus efectos. Elaborada dicha teoría en Alemania mr GIErKE, JELLINEK y TRIEPEL, fué ahondada en saña por ALANDRA, D'ALessto, PRESUTTI, RANELLETTI y BronDt (Jafituzioni di diritto amministrativo, p. 349). Señala dieho antor :

"que la teoría de los actos complejos tiene importancia y eficiencia práctica en las cuestiones de anulación y revoención de dichos aetos, es decir, para establecer hasta qué punto la anulación de un aeto simple que integra dicho acto complejo, pueda A en la anulación de este Ani. Es así como un acto complejo puede ser en parte patrimonial y en parte acto público. El eriterio a aplicar, por lo general, consiste en ezaminar el acto fundamento! constitutivo, establecer cuál es la finalidad que persigue y de ésta inducir si corresponde a no su anulación" (op, cit., p. 352), Bracct define el acto complejo como una declaración de voluntad administrativa constituida por la fusión de varias voluntades administrativas dirigidas a realizar un único fin.

"Para Presurrr existe acto complejo toda vez que un acto jurídico consta de varios actos simples o de actos también complejos, que emanan de sujetos de la misma naturaleza jurídica y que tengan la misma causa o que simplemente tienden a posi

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Año: 1952, CSJN Fallos: 224:503 
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