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Fallos: 223:298 de la CSJN Argentina - Año: 1952

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la entonces Secretaría de Salud Pública de la Naeión, que dispuso su envío al Instituto de Farmacología y Contralor Farmacéutico a los efectos de su posible utilización.

DiCTraMEN DEL Procvranon GENERAL Suprema Corte:

De las actuaciones administrativas se desprende que el 24 de enero de 1946 se entregaron a la firma "Phoenix" S. C. é L, 25 kilogramos de bicloruro de mercurio, dejándose constancia que la partida estaba intervenida por la Inspección de Farmacias de la Dirección Nacional de Salud Pública (fs. 142 vta), Posteriormente, al procederse al decomiso de la mercadería de acuerdo con la resolución de fs. 108, se constató que sólo quedaban 11 kilogramos (fs. 122 vía.) Tas actuaciones fueron remitidas al Juez Nacional en lo Penal Especial, quien entendió no ser competente —, para intervenir en el sumario (fs. 173 y 177); y ante análogo pronunciamiento dictado por el Juez de Instrueción en lo Criminal (fs. 176), los autos han sido elevados a V. E. para que dirima la contienda negativa así trabada (art. 24, ine. 8, ley 13.998), De lo sucintamente relatado, surge que la partida estaba en 1946 a disposición de una Secretaría del Estado (Salud Pública), razón por la cual entiendo que al violentarse los precintos colocados por la autoridad administrativa, si hubiera acción punible el hecho caería bajo la jurisdicción en lo penal especial. Por otra parte .

la Nación puede resultar perjudicada en su patrimonio en virtud de haberse ordenado la remisión de la partida de bicloruro de mercurio al Instituto de Farmacología y Contralor Farmacéutico a los efectos de su posible utilización (fs. 108).

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Año: 1952, CSJN Fallos: 223:298 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-223/pagina-298

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