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Fallos: 222:372 de la CSJN Argentina - Año: 1952

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fué incluída entre los antecedentes con los cuales se formó juicio sobre el valor cuestionado.

Por tanto se confirma la sentencia apelada en todas sus partes, Las costas de esta instancia se imponen a los expropiados, únicos reeurrentes.

Luis R. Loxen — Roporro G.

VaLENZUELA — Tomás D.

Casares — FELIPE SANTIAGO Pénez — ArtiLIO Pessacno.

> JONAS GARAY Y OTROS v, LUIS SOPPELSA RECURSO EXTRAORDINARIO: Requísitos formales, Interposición del recurso, Fundamento, Es improcedente el recurso extraordinario en enyo escrito de interposición se ha omitido la pertinente referencia a los hechos de la causa y a la relación que ellos y las cuestiones debatidas guardan con la de índole federal que se pretende someter a la decisión de la Corte Suprema.

CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionmalidad. Leyes provinciales. Córdoba, La ley 3.546 de la Prov, de Córdoba, denominada de sábado inglés, no es inconstitucional en cuanto dispone acerca del pago de sueldos y salarios.


SENTENCIA DE La CÁMARA PRIMERA DEL TRABAJO
Córdoba, 19 de setiembre de 1951. .

Terminado el debate, se reunieron a deliberar en sesión secreta los Sres. Vocales de la Excma. Cámara Primera del Trabajo, a fin de dietar sentencia definitiva en los autos "Caray Jonás y otros e./ Luis Soppelsa s/ cobros de salarios", en los que los actores persiguen el cobro de: Jonás Garay

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Año: 1952, CSJN Fallos: 222:372 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-222/pagina-372

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