218 FALLOS DE LA CONTE SUPREMA recho que se le dejó n salvo al expropiado; sino por considerar que había sobre el particular "cosa juzgada".
Que ello contradice una sentencia de esta Corte que por contener explícita determinación del ulcanee del .
pronunciamiento de la Cámara que le había sido traído en apelación, debía presidir su ejecución (conf. Fallos:
205, 614).
Por tanto, se revoen lo resuelto a fs. 400 y llámase la atención del tribunal respectivo.
Lvis K. Loxa: — Rovorro G.
VaLENZUELA — Tomás D.
Casants — FeLive SANTIAGO Pénez — Ati Prssanxo, ¿
ANIBAL ROQUE ARTAZA
ENTRADICION: Extradición con paíes estranjeros. Procedimiento.
A falta de tratado de extradición y no habiéndose eumplido los requisitos previas exigidos por el art. 652 del Código de Procedimientos en lo Criminal, corresponde deelarar la nulidad de lo setuado en im pedido de extradición formulado por un país extranjero, y remitirlo al Poder Ejeentivo Nacional a los fines que hubiere lugar.
SENTENCIA DEL JUEZ NACIONAL EN LO PENAL ESPECIAL
Buenos Aires, 6 de noviembre de 1951.
Y vistos:
Para dictar sentencia en el presente pedido de extradieción formulado por vía diplomática por el Embajador de los Estados Unidos del Brasil acreditado ante nuestro gobierno contra Aníbal Roque Artaza, argentino, de 28 años de edad, soltero, de profesión marinero, hijo de Segundo y de Cecilia Villanueva, domiciliado en el vapor de bandera argentina "El Cuiz"" y de enyas constancias,
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Año: 1952, CSJN Fallos: 222:218
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