SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, marzo 23, Año del Libertador General San Martín, 1950.
Y vistos estos autos venidos en apelación de la Comisaría de Mareas que detegó el repiatro de 10 meros, °°Perfex" solicitada por Méndez, Pa! Gaviña y Cía. según acta n° 244343 para distinguir artículos de la clase 15 — únicamente camisas fabricadas con tela de algodón, y Considerando :
Que la resolución denegatoria de la Oficina del ramo se fundamenta en la posibilidad de confusión para el ico pr A or ta Ceres A en igual clase "' Perfectez"", Que es de hacer notar que administrativamente y antes de dictarse la resolución denegatoria de la que se recurre, los propios titulares de la marca ""Perfectex"', como se comprueba a fa. 12, retiraron su oposición al registro de ""Perfez"', solicitando además que se otorgara esta marca. .
Ello quiere decir en forma concreta que a los titulares de "°Perfectez"" no les interesa ni molesta la coexistencia con la marea "Perfex"', por lo que el Sr. Comisario de Marcas, ante esta manifestación expresa, carece de facultades para oponerse teme de pQllo eoanmidor (Clmera Poder: La Mura, fensa del público consumidor. (cm : La h Bodegas y abril 2 de 1947; Manufactura Algodonera Argentina, abril 9 de 1947, ete., etc.).
er de garamio Tale haciendo Tage e de cetittado ee Méndez, Gaviña y Cía., revorando la resolución del Sr. Comisario de Marcas y ordenando el registro de la marca "Perfex"", solicitada por acta n° 244343, para distinguir "úni.
camente camisas fabricadas con telas de algodón". — José Sartorio.
SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL
Buenos Aires 18 de agosto, Año del Libertador General San Martín, 1950.
Considerando : ' Que la firma Méndez, Palleiro, Gaviña y Cía., solicitó la inscripción de la marca de comercio ""Perfex"' para distinguir
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Año: 1951, CSJN Fallos: 221:328
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