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Fallos: 220:505 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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atrasar el resto de la obra, puesto las instalaciones Internas correspondientes se hicieron o e A antes de empezar la exterior, con lo que queda demostrado que es erróneo y no concordante con la idad lo manifestado por la Empresa, al folio 7 de su nota. IV. Sobre atraso e inconveniente en el transporte de ladrillos. Con la sola lectura de a ración de tenmortia, oe oieriea la falta de comes a de tal imputación; la Empresa reclama por escasez de transportes 6 meses después, con el único objeto de buscar un ed a biera pre su reclamo oportunamente, V. Respecto a inconvenientes que dice la actora haber tenido, sobre reglamento, disciplina militar, ete, Hace notar la demandado, que la Em debió tener en cuenta esas circunstancias, muy' significativo, agrega, que reción presente su reclamación con respecto a diehos inconvenientes, con fecha 5 de diciembre de 1936, es decir, más de un año después de iniciadas las obras y cuando éstas debían ya estar terminadas. VI. Por un trabajo de modificación de una cadena de hormigón, que según la Empresa le ocasionó un retardo de 15 días. Se hace notar que en ésta como en todas las modificaciones que se introujeron en la obra, fueron sobre la base de supresión de otros trabajos a fin de com y no aumentar el precio, La Empresa aceptó dicho trabajo sin exmbio de precio y lo efctu 7 no hizo ninguna reclamación en cuanto al plazo después de varios meses. VII, La Empresa trae a colación los trabajos suplementarios de cercos externos y gallineros. Sobre el para majo aporta un argumento en eontra de la misma, pues 8 mesos después de ordenados aúiTS estaban terminados. VIIT. Sobre el trabajo de desmonte, opuesto como argumento que produjo retardo involuntario. Se hizo con tal lentitud que es otro de los argumentos en contra de la Empresa, sin que por otra parte pudiera afectar la obra en su totalidad, punto que el desmonte era uE el segundo grupo de casas. IX. La supresión del lecho filtrante. También permite formar juicio sobre la morosidad de la Empresa, puesto que 6 meses después de ordenado pudo suprimirse por no haberse iniciado aún. X. La trabajos de modificación ref rente a la colocación de mamparee hierro, venían a reemplazar otros, de manera que la demora que ellos ocasionaban e compenibe con los tiubajos que deceo Mete: Prot parte Anterrumplen parte de les galerine exteriores. EI1a reclamación porque el Gobierno no le facilitó transporte para los obreros, debiéndolo hacer en automóvil. Responde: que si el transporte de los obreros se hizo en auto, de hecho queda .

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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:505 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-220/pagina-505

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