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Fallos: 220:457 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 457 b., 04 a, 70 c., indicada en el plano de fs. 17 por haber sido

A A
Nos. 26.966/44 y 4020/45 que en copia obran a fs. 1/3 y 5/7, respectivamente, para la construcción de un aeropuerto nacional y sus obras complementarias. Deposita en el Banco de la Nación Argentina, casa La Plata, a la orden del Juzgado y como de autos, conforme lo acredita la boleta de fs. 28 y según los precios fijados en la pertinente tasación oficial, la suma de $ 392.910,03 m/n. (por el terreno $ 352.794,24 m/n. y por las mejoras $ 40.115,79 m/n.) no aceptada administrativamente por el propietario; y pide la inmediata posesión del inmueble.

IT. que corrido traslado de la demanda (fs. 31 vta/32) a fs. 54/57 la contesta el Dr, Jorge Miguel Ferrari, el que, con el testimonio de declaratoria de fs. 49/50 justifica quiénes han sido declarados herederos en los autos sucesorios de la. propit:

taria demandada y con el de fs. 51/53, prueba que ha sido suficientemente autorizado par ejercitar ia representación de todos ellos Higinia Lacio, Rel Antonio, Al artín, Nélida Inés, Mario Oscar, Elba Lilia, Esther Ana, Haydée Margarita y Héctor Garayar y Vicondoa) autorización ementido por el Sr. Juez de 1° Instancia en lo Civil y Comercial N" 1 de Mercedes, Provincia de Buenos Aires, a cargo entonces del Dr. Ladislao Srelagowski, Secretaría N" 1, que entiende en esa sucesión.

Manifiesta el referido letrado que, ain objetar la acción intentte pr disconformidad, por bajo, con el precio ofrecido, exi en eambio por el compo y ron mejoras, cuyas características y detalle indica, la can que resulte de las pericins y demás prueba a producir, con intereses y eostas; y tacha

AA
por contrarios a y guarani a 18, 67, ine. 11, y 95 y concordantes de la Constitución Nacional.

TIT. Que a fs. 33/47 y con fecha 25 de abril de 1945, el actor recibe la posesión del bien expropiado; a fs. 83 via. y 95 vta, se ordena a transferencia a la sucesión demandada de la suma de € 5165023 mía. eumplida a fa 10:55 ALE designa representante único mayoría herederos io de epemtaión e aloe la ue as actuaciones de fs. 67, 68, 78/50, 90/91, 106, 140/113, 117, 119, 121/122, 126/130, 152/155; y Considerando:

L Que «l inmueble objeto de la expropiación, según ma título de fs. 18/27, está constituído por una ión de campo ubieada en el Partido de Esteban Echeverría, designada como

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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:457 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-220/pagina-457

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