DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 1159 de tales valores, es decir que su calificación como capital computable e —— del destino que se dió a aquéllos, El hecho de convertir el dinero efectivo en títulos o letras de tesorería, importa una simple transformación, que en nada afceta su origen substancial, ni menos la disponibilidad para financiar las obras que requieren el normal funcionamiento y el progreso de la empresa metalúrgica de la firma netora.
Tanto el encaje metálico como los títulos y acciones —por su naturaleza de valores representativos— son sustancialmente idénticos, sin que la transformación de uno u otros autorice a la Dirección General Impositiva a atribuirles un cambio de destino, es decir a considerarlos desafectados del capital computable y objetivando un distinto negocio.
En realidad, ese conjunto de colocaciones no forma una unidad que se independiza del capital para constituirse en una fuente permanente de nuevos E beneficios, sino que cambia de forma en provecho propio capital, del que sigue dependiendo con proyeeciones sobre las obras y necesidades futuras, generadoras del gravamen.
Es preciso no olvidar del punto de vista de la exégesis legal, que la suma de beneficios que se pretende gravar constituye una reserva de capital y, como tal, teóricamente y de hecho, sigue siendo el mismo capital, es decir el capital téenienmente llamado eomputable, En la emergencia pugnan dos criterios de interpretación . diametralmente opuestos: uno de índole estática —en que se atrinchera la D, G. I— y otro de carácter dinámico, que el Tribunal estima debe privar en la cuestión de antos. El primero pretende fijar las reservas en encaje metálico, inmovilizarlas en la forma y en el monto en que se han producido de manera de quedar estereotipadas en su procedencia y constituyendo un capital estático, es decir un valor inalterable, Por el contrario, el eriterio opuesto tiende a movilizar el espital de reserva, a haeer que produzca un interés mínimo ue se agrega al mismo capital, sin que el aspeeto secundario q ese bajo producido pueda tener la virtualidad —que le atribuye la D. E T—o E desconectar le suma de los beneficios del activo computable, El Tribunal insiste en puntualizar que para fijar el enpital computable es siempre el destino que se dé a las reservas libres —y no su composición, es decir los valores que las integran— que ha de proporcionar la norma discriminatoria para establecer si juega o no, en el caso, el inc. c) del art. 25 de la ley 11.682 (t. 0.).
Si esos valores colocados en títulos, acciones o depositados
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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:1159
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