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Fallos: 219:57 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

De lo actuado resulta que el cabo talabartero Miguel Angel Almaraz, del Regimiento 5 de Caballería "General Giemes"', el 11 de julio de 1948, luego de una —" incidencia con el sargento 1" Manuel José Cabrera, de la mencionada unidad, en la finca donde ambos vivían, le efectuó un disparo de revólver, sin herirlo.

Tal hecho, que configura el delito de insubordinación con vías de hecho, debe ser juzgado por la justicia militar, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 117, inc.

1? del Código de Justicia Militar.

Por las razones expuestas, y demás fundamentos del dictamen de fs. 115, que doy por reproducidas brevifatis causa, opino que la presente contienda debe ser dirimida en favor de la competencia del Sr. Juez de Instrucción Militar que actúa en el sumario. — Buenos Aires, febrero 13 de 1951, — Carlos G. Delfino,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 2 de marzo de 1951.

Autos y vistos; considerando:

Que según se establece en el dictamen del Sr. Auditor General de Guerra y Marina a fs, 115 de estos autos, el sumario "ha sido instruído con motivo de imputarse al Cabo Talabartero Miguel Angel Almaraz...

del Regimiento 5" de Caballería "General Giiemes"', el delito de insubordinación con vías de hecho".

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Año: 1951, CSJN Fallos: 219:57 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-219/pagina-57

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