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Fallos: 218:56 de la CSJN Argentina - Año: 1950

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LA "INTERNATIONAL PRODUCTS CORPORATION" v.

NACION ARGENTINA
RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN: Tercera instancia, Generalidades, El recurso ordinario de apelación en tercera instancia Procede ante la Coríe Suprema en les cmon previstos en ley 4055.

LEY: Interpretación y aplicación.

Cuando la ley DE uries entorrso de Inerraadin debe ser aplicada directamente los jueces, con prescindencia de tesis que podrán ser objeto de consideración por el Congreso pero que son ajenas a la misión de aquellos magistrados, IMPUESTO A LOS RÉDITOS: Réditos del comercio, de la industría, profesiones, ete.

Los decretos leyes 18.229/43, 14.338/46 —ley 12.956— no son aclaratorios sino modificatorios de la ley 11.682, en lo que se refiere a la terminación del proceso elaborativo para establecer el remanente neto sobre el cual se aplicará el impuesto a los réditos. Con arreglo a pode no procede al obre de impera y des cidires el benecio obtenido por una firma que compra ganado y leña e uetro pato, en forma directe. para me rigmilieo que tiene estabi e ea dl Er 7 e e e e aplicó el gravamen del 5 el costo de los productos adquiridos, por entender que tal es el importe de la ecototal e logró en los gastos al haber preseindido de intermediarios y que ello constituye un rédito de fuente argentina.

SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL Buenos Aires, junio 8 de 1949.

Y vistos: para resolver este juicio seguido por la International Produets Corporation contra el Fisco Nacional (D. G.1I.) sobre repetición de impuesto a los réditos y resultando:

T.—Que la International Products Corporation demanda al Fisco Nacional (D. G. IL.) por la suma de $ 5.112 m/n., que

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Año: 1950, CSJN Fallos: 218:56 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-218/pagina-56

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