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Fallos: 218:232 de la CSJN Argentina - Año: 1950

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proceder que se compute entre las utilidades de nu ¿nejedad anónima, sujeta al impuesto a los réditos, las que pre" vienen de títulos de renta exentos de ese gravamen.

IMPUESTO A LOS REDITOS: Deducciones. Comercio e industria.

Los intereses pagados para obtener el capital que se invirtió en títulos exentos de impuesto a los réditos, deben ser deducidos de la renta bruta en el momento en que ésta debe abonar el gravamen, pues aunque el prorrateo de los gastes que han sido ocasionados por la producción de la renta exenta y no exenta de gravamen, —tal como lo disponen los arts, 18 y 19 de la Reglamentación General— puede constituir un medio eficaz para evitar la maniobra consistente en contratar préstamos destinados a la adquisición de títulos exentos de gravamen, o responder al fin de impedir que se disminuya la imposición que gravita sobre la renta no eximida, vs evidente que mientras la ley no incorporase tal sistema en su texto no resulta viable ineluirlo mediante un reglamento, Incorporado a la ley el .

mencionado prorrateo, en el año 1946, por «decreto-ley 14.338, reción es posible aplicar con posterioridad a esta modifieación un eriterio que anteriormente era extraño a las normas establecidas, , IMPUESTO: Interpretación de normas impositivas, Las exenciones a las leves impositivas deben ser interpretadas restrictivamente.


SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, 6 de julio de 1948, Y vistos: para resolver en definitiva este juicio seguido por The First National Bank of Boston contra el Fisco Nacional (D. G. 1.) sobre repetición de impuesto a los réditos y, Resultando:

1. Que el Banco actor demanda al Fiseo Nacional (D. G.

1.) por devolución de la suma de $ 46.032,55 m/n., pagados en concepto de impuesto a los réditos; pide intereses y costas, Dice que en abril 19 de 1941, abril 23 de 1942, y abril 5 de 1943, al presentar sus declaraciones juradas por los años

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Año: 1950, CSJN Fallos: 218:232 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-218/pagina-232

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