DicTAMEN DEL PrOCURADOR GENERAL Suprema Corte:
El presente caso guarda marcada analogía con el que motivó mi dictamen de fecha 6 del corriente, in re:
" Anderson Enrique N, y otros s/. infracción ley 12.906" Exp. C. 765, L. X), actualmente a resolución de V. E.
Por los fundamentos del aludido dictamen —que doy por reproducidos—, opino que corresponde remitir estos obrados a la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional en su calidad de superior del Juez que previno en la causa, a los efectos correspondientes, — Bs. Aires, abril 9' de 1949. — Carlos G. Delfino.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, 5 de mayo de 1949.
Autos y vistos: Considerando:
Que de acuerdo con lo resuelto en el día de la fecha en la causa que se cita en el precedente dictamen del Sr, Procurador General ('), incumbe a esta Corte Suprema decidir la presente contienda de competencia con arreglo a la legislación vigente, Que la circunstancia de hallarse prestando accidentalmente servicios en la Dirección de Abastecimientos de la Policía Federal no modifica el carácter de emplendo de la Nación correspondiente a D. Manuel Belinky por ser auxiliar principal del Ministerio de Obras Públicas.
Que por ello y lo expuesto en la resolución dictada a fs. 13 del incidente sobre competencia por la Cámara > Ver púg. 461 de este tomo,
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Año: 1949, CSJN Fallos: 213:459
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