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Fallos: 213:166 de la CSJN Argentina - Año: 1949

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1665 FALLOS DE LA COBTE SUPREMA los magistrados, funcionarios y empleados judiciales, sino también de los foros respectivos. El ideal de una buena justicia requiere el entendimiento de quienes la administran con quienes tienen a su cargo la defensa de los derechos que se controvierten ante ella. Es, pues, indispensable perfeccionar estas relaciones organizando institucionalmente a la totalidad de los abogados que ejercen su profesión en cada asiento judicial mediante su colegialización oficial, sin perjuicio de las agrupaciones privadas que los mismos tengan interés eL constituir, pues sólo así este gremio estará en condición de asumir la dirección de la matrícula respectiva y la disciplina profesional y de mantener una comunicación con los órganos judiciales mediante la cual la solución de los problemas que suscite la administración de la justicia cuente con una información en la que tengan parte estas dos fuentes de opinión orgánicamente relacionadas. La opinión de todos los foros con los que tuve oportunidad de comunicarme fué unánimemente favorable a la colegialización aludida. Trátase de obser vaciones válidas con respecto a la actuación de todos los foros del país, pero tienen sin embargo especial importancia con respecto a colectividades incipientes donde la debida estructuración social es tan indispensable para evitar las deformidades de todo orden que produciría un acelerado crecimiento inorgánico de ellas.


VII. REGIMEN CARCELARIO.
Si bien esta Corte es por completo ajena al régimen carcelario, la relación en que las funciones judiciales en lo criminal están con él me movió a visitar las dependencias respectivas, con la satisfacción de comprobar que las cárceles hállanse en todos los lugares visitados en muy buenas y aún excelentes condiciones de

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Año: 1949, CSJN Fallos: 213:166 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-213/pagina-166

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