tricción de sus funciones a lo específicamente judicial pues hoy tienen a su cargo además de esta última otras numerosas tarcas de la más diversa especie). La importancia que han cobrado las capitales de los territorios y a veces algunas otras ciudades importantes parece aconsejar el establecimiento en ellas de jueces de paz letrados, con una más amplia competencia que los jueces legos, —aunque sin llevarla a límites que desnaturalizarían esta justicia—, con lo cual se aliviaría el trabajo de los jueces letrados.
VIL SITUACIÓN DEL FORO EN ESTOS ASIENTOS JUDIC TALES,
En las cuatro ciudades visitadas convoqué a una reunión colectiva a todos los miembros del foro que actúan en ellas. En esa reunión recibí observaciones y sugestiones útiles con respecto a los problemas de la actividad judicial que allí se desenvuelve, Debo, ante todo, dejar constancia del recto espíritu con que esta colaboración me fué prestada. En algunos casos los: respectivos colegios de abogados me entregaron constancia escrita de ellas en sendos memoriales que forman parte de la documentación con que se integra este informe. Lo que se expresa en ellos corrobora las comprobaciones hechas durante la inspección y constituyen un fundamento más de cuanto he puntualizado y sugerido en el curso de esta exposición, En algún caso —el del foro de Sáenz Peña— la exposición contempla problemas de procedimiento que son por cierto muy dignos de consideración. Y si bien se trata en muchos casos de interpretaciones de la ley que están libradas a los jueces respectivos, podrá ser útil poner de todos modos estos comentarios en conocimiento de los jueces porque comportan una contribución respetable en orden a la mejor administración de la justicia que no está sólo a cargo de
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Año: 1949, CSJN Fallos: 213:165
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