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Fallos: 210:388 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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: | 385 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA una excepción fundada en la causal de ser el ciudadano ¡ sostén de su madre natural abandonada Jo el esposo, el rigor de eriterio debe recaer sobre la prueba del abandono, | tanto en orden a lo que ha de considerarse como medio probatorio fehaciente como respecto de la apreciación de los que se aporten.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales, Erclusión de las cuestiones de hecho. Reglas generales.

Las cuestiones de prueba, como la referente a saber si está o no probado el abandono de la madre invocado como causal de excepción del servicio militar, son ajenas al recurso extraordinario, DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL > Suprema Corte:

El art. 41 inc. 3" del decreto N° 14.584/46 (ratificaE do por la ley N" 12,913), exceptúa del servicio militar, E "Al hijo natural o legítimo, único sostén con su trabaE jo personal, de madre vinda, soltera o divorciada, o de padre septuagenario o impedido", a Como se vé, expresamente no ha sido incluída la E -— mandre abandonada, Y ello no puede haber sido por E una imprevisión u olvido por cuanto, al legislar sobre E el sostén de hermanos, el inc. 4, además de la causal por E orfandaú de padre, incluye a los abandonados que sean | menores e impedidos, P" . Porotra parte, las buenas razones que puedan exisE tir para que el Poder Legislativo hubiera contemplado E entre los casos de excepción el que origina éstas actuaE ciones, no son suficientes para que el Poder Judicial, + apartándose de su función propia de aplicar la ley, se 1 arrogue atribuciones exclusivas del citado Poder Le|

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Año: 1948, CSJN Fallos: 210:388 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-210/pagina-388

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