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Fallos: 21:430 de la CSJN Argentina - Año: 1879

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430 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Faille de la Suprema Córte Buenos Aires, Setiembre 2 de 1659 Vistos: atento lo dispuesto por el artículo doscientos ochenta y ocho de la ley de Enjuiciamiento, se revoca el auto apelado foja ciento ochenta y dos. Satisfechas las costas y repuestos de los sellos, devuélvanse.

4. DB. GOROSTIAGA.—4¿. DOMINGUEZ.— 0. LEGUIZAMON.— ULADISLAO FRIAS, 00

CAUSA XCVI.
Don Jorge Temperley contra F. Getting y €', por desembargo, daños y perjuicios: sobre rectificación de contestación.

Sumario. — Llamados los autos despues de la contestacion, es impertinente el pedir que se rectifique esta.

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Año: 1879, CSJN Fallos: 21:430 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-21/pagina-430

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