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Fallos: 21:424 de la CSJN Argentina - Año: 1879

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CAUSA XCIIL
El Fisco Nacional contra Marín y €°, por infracción á las Ordenanzas de Aduana.

Sumario, — Si el apelante no espresa agravios dentro de término legal, se declara desierta la apelación la primera rebeldía que acusa el apelado. " Caso. — En los autos seguidos por el Fisco Nacional contra Marin y €°, por infracción á las Ordenanzas de Aduanas, el Señor Procurador General acusó rebeldía, porque Marin y €° no habian espresado agravios dentro del término legal, y con el certificado de la Secretaría se dictó este Falle de la Suprema Córte, Buenos Aires, Agosto 25 de 1879.

Por lo que resulta del precedente certificado y á mérito de lo dispuesto en el artículo doscientos diez y siete de la Ley de Procedimientos, declárase desierta la apelación. TPevuél

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Año: 1879, CSJN Fallos: 21:424 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-21/pagina-424

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