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Fallos: 21:393 de la CSJN Argentina - Año: 1879

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desde el día de la demanda y con costas. Hágase saber original y repónganse los sellos.

Isidoro Albarracin.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Agosto 9 de 1879 Vistos : considerando que la accion deducida por Poglise contra Hoevel, actual propietario del pailebot « Fanny », antes « Justita », por cobro de salarios y gastos de mantenimiento de los marineros de dicho buque, se funda en el privilejio acordado ú esa clase de créditos por el artículo mil veinte y uno del Código de Comercio ; que el demandado ha desconocido la existencia del privilejio, alegando subsidiariamente la preseripcion del mismo y aun la del crédito; que la invocada disposicion del Código solo se refiere ú los salarios y demas gastos correspondientes al último vinje, no entendiéndose por tal vinje, sinó al que se hace de puerto á puerto segun las especificaciones del inciso séptimo del mismo artículo y las disposiciones correlativas al mil veinte y cuatro y otras; y por consiguiente, estando conformes las partes y desprendiéndose de la cuenta de Toja una, que el pailebot € Fanny» no ha salido del puerto, ni hecho viaje en el sentido de la ley, dicha disposicion no puede aplicarse al presente caso, se revoca: por estos motivos, la sentencia apelada, absolviéndose 4 Ioevel de la presente demanda ; sin perjuicio de las demas acciones 4 que haya lugar si entendiese el demandante, como lo ha indicado, que la venta del buque ha sido hecha en fraude de sus derechos, satisfechas las costas y repuestos los sellos, devuélvase.

3. B. GOROSTIAGA, —J. DOMINGUEZ. —
O. LEGUIZAMON. — ULADISLAO FRIAS.
—————— A

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Año: 1879, CSJN Fallos: 21:393 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-21/pagina-393

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