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Fallos: 208:95 de la CSJN Argentina - Año: 1947

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DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

El Procurador General, por la representación que me corresponde en los autos caratulados "Servicios Acreos Cruzeiro Do Sul Ltda., incidente sobre indemnización de mejoras, en los autos Fisco Nacional y. Municipalidad de Quilmes por expropiación", ejercitando la facultad conferida por el art. 8" de la ley 4055, a V. E. digo:

En cumplimiento de los deberes que dicha representación me impone, y a objeto de que V. E. decida la cuestión propuesta por los procuradores fiscales de primera y segunda instancias en el sentido de establecer si corresponde o no intervenir en un juicio sobre expropiación de un inmueble al que s° titula propietario de las mejoras existentes en el mismo, mantengo el recurso interpuesto por mi parte. Esta impugna la presentación del propietario de las mejoras, con razones que doy por reproducidas para solicitar se revoque el fallo apelado en cuanto pudo ser materia de recurso. Bs. Aires, diciembre 30 de 1946. — Juan Alvarez,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, julio 25 de 1947.

Y vista la precedente causa caratulada "Servicios Aéreos Cruzeiro Do Sul Ltda. incidente sobre indemnización de mejoras en los autos Fisco Nacional v. Municipalidad de Quilmes por expropiación"? en los que se ha concedido el recurso extraordinario a fs. 42 vta.

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Año: 1947, CSJN Fallos: 208:95 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-208/pagina-95

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