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Fallos: 207:194 de la CSJN Argentina - Año: 1947

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» 194 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA e o taminado por el Sr. Procurador General, se confirma 7 en cuanto ha sido materia del recurso la sentencia de E fs. 100.

E Antonio SacarNa — F, Ramos Pe Mesía — T. D. Casares.

E U. — E ARTURO FERREYRA v. INSTITUTO NACIONAL DE e PREVISION SOCIAL Lo : RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación diL recta. Sentencias con fundamentos no federales o federales consenti dos. Fundamentos de hecho.

| Es improcedente el recurso extraordinario fundado en la A interpretación del art. 27 de la ley 4349 contra la sentencia que no se basa en ella para hacer lugar a la demanda sobre devolución de aportes promovida por el funcionario público que renunció a su cargo, sino en la cuestión refeE rente a saber si esa renuncia obedeció a una decisión + espontánea del actor o a una exigencia de la autoridad superior que importó un verdadero despido por no requeE rirse más sus servicios (1).


ROSENDO J. OLIVER v. MUNICIPALIDAD DE ROSARIO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Exclusión de las cuestiones de hecho. Impuestos y tasas.

Siendo irrevisibles por medio del recurso extraordinario las E conclusiones de hecho del fallo apelado, la Corte Suprema debe tomar como base para juzgar si la contribución es o no Y confiscatoria, la afirmación de aquél referente a la suma en que el pavimento aumentó el valor del inmueble.

| (1) 21 de marzo de 1947.

E Eo

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Año: 1947, CSJN Fallos: 207:194 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-207/pagina-194

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