5 10 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Causas en que es parte una provincia. Causas que versan sobre cuestiones federales.
En los casos en que se debate no sólo la inconstitucionalidad de gravámenes locales, sino también la incorrecta aplicación de los mismos con arreglo a la ley provincial, la Corte carece de jurisdicción originaria, salvo que la segunda cuestión no haya sido incluída en la litis, sino sólo mencionada en forma marginal.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Prórroga. Trámites judéciales, h Cuando ha existido pleito sobre repetición de un impuesto ante los tribuna.:es locales, no cabe luego traer la causa en instancia originaria a la Corte Suprema. No importa que el primer juicio haya sido contencioso-administrativo, ni que el nuevo litigio incluya otras cuestiones no propuestas en el primero, como la repetición de los gravámenes correspondientes a dos anualidades posteriores a los comprendidos en el anterior.
COSTAS: Resultado del juicio.
No siendo ajustadas a derecho las razones en que se fundó la excepción de incompetencia de la Corte Suprema que, no vulnera, en principio, la inviolabilidad de la defensa corresponde que las costas sean pagadas en el orden causado.
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
La jurisdicción originaria de V. E. emerge en este caso de tratarse de causa civil en la que una socicdad anónima domiciliada en la Cap. Federal demanda a la Prov. de Córdoba por devolución de sumas de dinero percibidas en concepto de impuestos a los que se tacha de inconstitucionales. Así lo admitió implícitamente la providencia de fs. 21 al dar curso a la acción.
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Año: 1947, CSJN Fallos: 207:140
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