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Fallos: 205:698 de la CSJN Argentina - Año: 1946

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cia de un disparo de revólver efectuado por un agente de la Policía de la Cap. Federal: p. 209: . . Causas .penales.

Gimeralidades.

5. Entre los casos exceptuados por el derecho público interno, a que se refiere el art. 25, inc, 1? del Cód. de Proc. Crim., no están comprendidos únicamente los enumerados en el art.

283 del mismo código, sino también los referentes a delitos comunes contra o por funcionarios federales, carácter que debe reconocerse a las autoridades de la Nación que, si bien han de cumplir funciones propias en la capital, éstas no constituyen lo específico y exclusivo de sus atribuciones sino sólo una faz de ellas: p. 545. . e. .

Por el lugar.

6. Los delitos cometidos en los lugares del Palacio de Jus- .

ticia de la Capital ocupados por las dependencias de los tribunales locales de la misma deben ser juzgados por éstos.

Compete, en cambio, a la justicia federal juzgar los delitos que fueran cometidos en los demás lugares del edificio, inclusive en la Alcaidía que, como aquéllos, está sujeta a la jurisdicción nacional aun cuando en ella se alojen presos a la disposición de los tribunales locales de la Capital: p. 83.

7. Corresponde a la justicia federal conocer en la causa referente a delitos comunes cometidos en un lugar sobre el cual la Nación ejerce jurisdicción exclusiva y absoluta por estar comprendido en la jurisdicción del Puerto de Rosario: p. 279.

Violación de normas federales. 8. No compete a la justicia federal sino a la local el conocimiento del sumario referente a la substracción de alambre del servicio de líneas del telégrafo de la Prov. de Entre Ríos, entre las cuales y las del telégrafo nacional no existe conexión, aunque por disposición de la legislación local las oficinas del pri mero estén obligadas a recibir despachos para cualquier destino y encaminarlos por la vía que corresponde: p. 857.

Delitos que obstruyen el normal funcionamiento, de las instituciones na- ' N cionales.

9. Si bien corresponde a la justicia federal conocer en las causas referentes a delitos que se imputan a los interventores o comisionados federales en provincias como cometidos por éstos

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Año: 1946, CSJN Fallos: 205:698 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-205/pagina-698

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