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Fallos: 205:697 de la CSJN Argentina - Año: 1946

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JUICIO POLITICO. . .
Ver: Recusación, 2. — .

JURISDICCION Y COMPETENCIA (1). .

Prórroga, Trámites judiciales, - .

1. No importa prórroga de jurisdicción el envío de un telegrama al juez que interviene en el juicio solicitando la postergación de una audiencia de prueba a la cual el demandado, que promovió y prosigue una cuestión de competencia por inhibitoria, podía concurrir haciendo en ella la salvedad per tinente: p. 61. - .

2. La presentación del demandado el juicio que se le ha promovido ante un juez que no es el de su domicilio, 'solicitando , ser tenido por parte en él y constituyendo domicilio legal a los efectos del mismo, importa prórroga de la jurisdicción e impone el rechazo de la cuestión de competencia por "inhibitoria planteada después sobre la base de tratarse de una acción personal: p, 544. .

Competencia territorial. , Elementos determinantes. " Tugar del domicilio de las partes. 3. No habiéndose convenido lugar para el cumplimiento de las obligaciones ni resultando éste de la naturaleza de ellas, corresponde al juez del domicilio del demandado conocer en el N juicio sobre indemnización de daños y perjuicios promovido con motivo del incumplimiento de un, contrato de compraventa celebrado por el vecino -de una provincia, con otro de la Cap.

Federal: p. 61. , Competencia federal. os Por las personas. - Nación, . .

4. Corresponde intervenir a la justicia federal en la causa sobre indemnización de daños. y, perjuicios promovida contra la Nación por los: padres de una persona muerta a consecuen- , (1) Ver también: Aduana, 15; Constitución Nacional, 14; Recurso extraordinario, 4, 5, 24, 34, 59,.68. .

PE

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Año: 1946, CSJN Fallos: 205:697 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-205/pagina-697

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