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Fallos: 203:52 de la CSJN Argentina - Año: 1945

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que la ley no manda, El Depto. del Trabajo fué autorizado para determinar ciertos detalles del rótulo exigido por la ley y el decreto reglamentario; no, para imponer dos rótulos.

Bajo tal concepto, pienso que corresponde hacer lugar a la declaratoria de inconstitucionalidad solicitada. — Bs. Aires, setiembre 20 de 1945. — Juan Alvaree.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, 17 de octubre de 1945.

Y vistos los autos seguidos contra Urbano Schor sobre infracción a la ley n° 12.713 los que se ba concedido el recurso extraordinario interpuesto a fs.

15 contra la sentencia dictada a fs. 14 por el Sr. Juez Correccional de la Cap. Federal.

Considerando:

Que el recurso extraordinario es procedente porque se planteó en la debida oportunidad (fs. 10) cuestión relativa a la constitucionalidad de una reglamentación dictada por el Depto. Nacional del Trabajo y la resolución desestima la tacha.

Que se trata de una multa de $ 100 impuesta al recurrente por haber omitido ciertas especificaciones de la etiqueta externa de una pieza de ropa hecha a domicilio, multa que se sostiene ser inconstitucional porque la ley 12.713 y su decreto reglamentario autorizan a imponerla cuando sus disposiciones no se cumplen y lo que la ley y el decreto disponen en punto a las etiquetas de que se trata es que todo artículo entregado para ser elaborado a domicilio llevará un rótulo con una marca individnalizadora (art. 8 de la ley) rótulo que deberá fijarse en la forma que determine para cada industria

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Año: 1945, CSJN Fallos: 203:52 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-203/pagina-52

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