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Fallos: 200:542 de la CSJN Argentina - Año: 1944

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——. ORDEN PUBLICO

RT
e el Tribunal que debe interpretar en definitiva el texto de 5 la ley y establecer la competencia". Página 311.

a MENSURA. Ver: Prescripción, 1.

r - MORA. Ver: Intereses.


E MUJER CASADA. Ver: Domicilio. L
É MULTAS (1).

El fallecimiento del contribuyente infr

| N É NOMBRES. Ver: Ciudadanía y naturalización; Constitución NaE cional, 19; Marcas de fúbrica; Recurso extraordinario, 34.

y NOTIFICACION. Ver: Perención de instancia, 2.

E NULIDAD DE ACTOS ADMINISTRATIVOS. Ver: CompravenEt ta, 1, 2.

A
HI NULIDAD PROCESAL.
E Si bien las leyes de procedimiento son de orden público, É hay exigencias procesales cuyo incumplimiento no acarrea Es la nulidad insanable de lo actuado porque no desvirtúa la E garantía del recurso a la justicia ni altera sustancialmente la organización de ella. Página 196.

E o .

É ORDEN PUBLICO. Ver: Demandas contra la Nación, 1; Nulidad A procesal; Retronctividad, 2.

E (4) Ver también: Aduana, 4, 9; Constitución Nacional, 3, 21; Ima puesto a los réditos, 2; Impuestos Internos, 2; Jurisdicción y competenE ela, 13; Prescripeión, 12, 13, 15, 16, + a

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Año: 1944, CSJN Fallos: 200:542 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-200/pagina-542

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