—_—_—.- DEMANDAS CONTRA LA NACION N Wu . ra tatuarlas, ni siendo de sana crítica excluir por completo | y como causa o concausa de las muertes producidas el largo viaje realizado para trasladarla a fin de eurarlas y los posibles efectos del cambio de clima y de ambiente así como la | improvisada instalación en un hotel para su tratamiento, debe concluirse que el resarcimiento no debe comprender el valor de la totalidad de las chinchillas muertas, y no pudiendo determinarse el número de animales cuya muerte se pueda atribuir con suficiente fundamento al acto eulpable del tatuaje, corresponde diferir la fijación .del monto de la indemnización al juramento estimatorio del actor. Página 51.
DEBENTURES. Ver: Jurisdicción y competencia, 11.
DECRETOS NACIONALES. Ver: Constitución Nacional, 14, 15, 18; Expropiación, 24; Poder Ejecutivo.
DEFENSA EN JUICIO. Ver: Constitución Nacional, 5, 15; Recurso extraordinario, 2.
DEFRAUDACION. Ver: Aduana, 8; Impuestos internos, 1, 3, 4, 5, 6; Jurisdicción y competencia, 15; Prescripción, 9; Recurso E extraordinario, 24.
DELITOS. Ver: Jurisdicción y competencia, 12, 14.
DEMANDA. Ver: Jurisdicción y competencia, 4; Sentencia.
DEMANDA CONTENCIOSA. Ver: Constitución Nacional, 22; Impuestos internos, 2; Pago, 1; Provincias; Recurso extraordinario, 22, 35.
DEMANDAS CONTRA LA NACION.
1. La competencia de los tribunales federales en las causas en que es parte la Nación responde a una concepción del orden público que comporta la institución de una jurisdicción especial para esos casos en beneficio del Estado y de los particulares a la vez y debe ser distinguida de los requisitos a que —como el previo reclamo administrativo— pueda estar sometido en tales censos el ejercicio de la jurisdicción. Página 196. 
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Año: 1944, CSJN Fallos: 200:522 
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