CAUSA V
Don Manuel Garbini y C° contra D. Pablo Granela, por cobro de pesos Sumario. —1 Las provisiones suministradas úá un buque solo pueden ser cobradas ú los dueños, partícipes, 6 al capitan contra quienes el título tiene aparejada la via de apremio.
2" La demanda no puede ser alterada despues de contestada. ao Caso. — Don Manuel Garbini y C'" se presentó al Juzgado de Seccion esponiendo que D. Pablo Granela, siendo Mayordomo del vapor «Rio Uruguay» tomó de .su casa de negocio para este buque, cantidad de provisiones por valor de 9711 pesos moneda corriente. Que no habiendo conseguido el pago entablaba demanda en forma contra Granela y pedia se le condenase al pago con las costas del jucio.
Corrido traslado, Granela pidió se rechazara la demanda con espresa condenacion en costas. Dijo que segun los términos mismos de la demanda, los efectos habian sido tomados para el vapor « Rio Uruguay » de que el esponente era un simple empleado. Que por consiguiente, el responsable de la cuenta era el dueño del buque, y en el caso que el título tuviera aparejada
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Año: 1878, CSJN Fallos: 20:22
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