Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 20:16 de la CSJN Argentina - Año: 1878

Anterior ... | Siguiente ...

Lecont apeló y se concedió el recurso en relacion.

Fallo de la Suprema Corte.

Buenos Aires, Enero 26 de 1878.

Vistos: no excediendo el valor que se demanda en esta causa la cantidad de doscientos pesos fuertes, no ha lugar al recurso de apelacion interpuesto con arreglo á lo dispuesto por el artículo cuarto de la ley sobre jurisdiccion y competencia de los Tribunales Nacionales. Devuélvanse en consecuencia los autos, prévio pago de costas y reposicion de sellos.


J. B. GOROSTIAGA.— J. DOMINGUEZ,

S. M. LASPIUR — 0. LEGUIZAMON.
— —-_—]

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

78

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1878, CSJN Fallos: 20:16 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-20/pagina-16

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 20 en el número: 16 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos