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Fallos: 198:227 de la CSJN Argentina - Año: 1944

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Ia : o | DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 227 SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL Buenos Aires, 25 de marzo de 1949.

Vistos y considerando:

Que la resolución administrativa fué notificada al ape Jante Salvador Woseoff, el día 3 de julio de 1940, recurrien" > de la misma el 1" de marzo del corriente año (recibo de .a carta certificada de fs. 22 vta. y cargo del escrito de fs, 60).

Que, por consiguiente y por aplicación del art. 17 del T, O. del cuerpo de ¡eyes de Impuestos Internos que fija el perentorio término de cinco días para ocurrir ante la Justicia Federal, la apelación ha sido interpuesta fuera de término.

Que en cuanto a la falta de valor de la notifiención por certificada, ella ha sido resuelta negativamente para la parte accionante, tanto por este Juzgado como por la Excma. Cámara Federal en el caso: Alvarez Manuel, fallado por ésta última en 8 de septiembre de 1941.

Que, a mayor abundamiento es bueno dejar constancia del abandono que del juicio ha hecho el recurrente, durante — un período de más de tres años, a pesar del cargo que le formulara Impuestos Internos, como resulta de su presentación de fs. 18.

Por estas consideraciones resuelvo desestimar con costas el recurso deducido por Salvador Woscoff.


SENTENCIA DE La CÁMARA FEDERAL
Buenos Aires, septiembre 27 de 1949.

Vistos y considerando:

Que el recurrente —Salvador Woscoff— fué notifieado de la resolución administrativa de fs, 22 que le impuso solidariamente el pago de una multa de $ 5.700 me, el 3 de julio de 1940, mediante la pieza certificada cuyo recibo se acredita con el documento agregado a fs. 22 vta.

Que la validez de esta clase de notificaciones ha sido reconoci "a por el tribunal al resolver el caso de M. Alarte:

septiembre 8 de 1941, en el que declaró que el decreto del Poder Ejecutivo que las reglamenta, no vulnera en forma alguna el derecho de defensa ni contraviene preceptos legales,

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Año: 1944, CSJN Fallos: 198:227 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-198/pagina-227

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