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Fallos: 197:318 de la CSJN Argentina - Año: 1943

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E si FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
referida al interés privado de la Nación sino en cuanto aquéllos son convenientes y necesarios para el mejor +: desenvolvimiento de los intereses nacionales o genera"O les del país —155, 104, + Que en estas condiciones y siendo innecesaria prope nunciarse sobre las demás cuestiones planteadas, así como las prescripciones opuestas, aquéllas y éstas de naturaleza subsidiaria, así se declara.

É En mérito de estos fundamentos y los de los proBo nunciamientos citados; de conformidad con lo dictamio, nado y pedido por el señor Procurador General de la Y Nación, se revoca la sentencia apelada de fs. 1170 a fs.

. 1185enla parte que ha podido ser materia del recurso, declarando que la Provincia de Buenos Aires ha carecido y carece de jurisdicción para cobrar impuestos denE tro de la zona del puerto de La Plata donde se encuen tra ubicado el Frigorífico Swift. Notifíquese y devuélK vanse, debiendo reponerse el papel en el juzgado de origen.

Se Ronerto REPETTrO — AnTonIO E SaGaRNA — B. A, Nazar | AnCHORENA — F. Ramos | Mesía. (Según su voto).

Voto DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR Don Francisco Ramos Mesía Y vistos:

Por los fundamentos de la mayoría y los de los fallos 155, 104, y 168, 95, con la salvedad de que la jurisdicción reconocida al Gobierno Federal comprende los

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Año: 1943, CSJN Fallos: 197:318 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-197/pagina-318

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