precepto que integra el régimen legal tendiente a evitar las omisiones y deficiencias en el pago de los impuestos. Página 92.
3. Las resoluciones denegatorias del planteamiento de cuestiones de competencia por inhibitoria no son recurribles para ante la Corte Suprema. Página 154.
4, El art. 9", inc. d) de la ley 4055 sólo contempla el caso de cuestiones de competencia debidamente trabadas entre jueces o tribunales y no autoriza recurso alguno para ante Ja Corte Suprema contra las resoluciones de los jueces de primera' instancia. Página 154, Sentencia definitiva.
5. Tiene fuerza de definitiva y es susceptible de recurso extraordinario la sentencia dictada en juicio de apremio que rechaza la prescripción fundada en una ley nacional e impide que pueda ser discutida en el juicio ordinario de repetición. Página 26.
6. Es procedente el recurso extraordinario interpuesto en juicio de apremio por el procurador fiscal, contra la sentencia del juez federal que desconoce el derecho fundado por el fisco en una ley nacional para cobrar el impuesto a la nafta a un ferrocarril. Página 94.
7. No es sentencia definitiva a los efectos del recurso extraordinario la resolución por la cual en una información sumaria tendiente a acreditar derechos de aguas, que fué desaprobada con costas, el tribunal superior de la causa resuelve que no corresponde fijar honorarios, en concepto de costas, al Fiscal de Estado que intervino en la causa. Página 169.
8. No habiéndose demostrado la nmmltiplicidad de juicios de apremio por cobro de la patente de seguridad para depósitos de inflamables más las multas respectivas correspondientes a un período de diez años atrás, ni la anomalía indudable del crédito que se ejecuta —eircunstancias que habrían podido llevar a admitir la existencia de gravamen irreparable— procede rechazar por falta de sentencia definitiva el recurso deducido contra la que ordena proseguir la ejecución, fundado en que Yacimientos Petrolíferos Fiscales se halla exento del pago del gravamen por disposición de la ley nacional 11.668. Página 174.
9. Procede el recurso extraordinario fundado en los arts. 22, 27 y 28 de la ley 3764 y 8 de la ley 12.236, contra la sentencia que declara la incompetencia de la justicia federal
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Año: 1943, CSJN Fallos: 195:598
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