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Fallos: 194:398 de la CSJN Argentina - Año: 1942

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398 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA concordantes: la ley obligatoria para todo el territorio prima sobre la local.

Bajo tal concepto, caso de admitirse el recurso, procederá revocar la sentencia obrante a fs. 67 en euanto haya podido ser materia de apelación, — Buenos Aires, octubre 51 de 1941, — Juan Alvarez,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 14 de diciembre de 1942.

Y vistos: Los de tercería de mejor derecho deducida por el Baneo Hipotecario Nacional en los autos Municipalidad de la Capital contra Pedro Bidegnin por cobro ejerutivo de pesos, venidos de la Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil de la Capital, por recurso extraordinario concedido a fs. 73 al Baneo Hipotecario Nacional, Y considerando acerca de la procedencia del re curso:

Que el Banco desistió de la impugnación de invonstitucionalidad de la ley 7091 en que la Municipalidad ampara sus pretensiones, contenida en el Cap. VI de la demanda (v. fs. 6, 35 y 36) por lo que la cuestión ha quedado reducida a la interpretación de las disposicionos pertinentes del Código Civil que se refieren al privilegio del aereedor hipotecario frente a otros nereedores. Como lo dice la sentencia apelada: °El tereerista no deseonoee al demandar que el crédito de la Municipalidad fuera privilegiado, pero eso sí, sostiene que cede en prioridad ante el suyo que es de naturaleza especial y preferido sobre los hienes gravados con la hipoteca, conforme al art. 3994 del Código Civil, mientras que el

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Año: 1942, CSJN Fallos: 194:398 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-194/pagina-398

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