FALLO DE LA CORTE SUPREMA e Buenos Aires, 25 de septiembre de 1942.
Autos y vistos: Considerando:
Que de acuerdo con la reiterada jurisprudencia de esta Corte, la actual contienda de competencia negativa trabada entre el Sr. Juez Federal Dr. Miguel L. Jantus y el Sr. Juez de Instrucción Dr. Aquileo González Oliver, ambos de la Capital Federal, debe ser resuelta en el sentido de declarar que corresponde conocer al último en el proceso que se instruye contra varios empleados de la administración de la Lotería Nacional con motivo de los hechos delictuosos que son conocidos.
Que la sentencia registrada en el t. 152, pág. 197, de su colección de fallos, es la última de una serie de pronunciamientos que se remontan en el tiempo hasta el año 1898, en que fué cuidadosamente examinada acerca de una cuestión semejante la ley 3313 de la Lotería Nacional sancionada el año 1895.
Que en aquella oportunidad se llegó a la conclusión de que esa ley había sido dictada para la Capital y los territorios nacionales y tenía, por consiguiente, el carácter de un estatuto local que ponía en juego facultades o poderes inherentes al gobierno de la Capital Federal a que alude el art. 67, ine. 27, de la Constitución Nacional —Fallos: 74, 267 y 340; 85, 391; 87, 315, y 152, 197.
Que, en efecto, así resultaba de ¡os hechos, pues la susodicha ley fué sancionada a raíz de un conflicto producido en momentos en que la lotería revestía carácter municipal (ley 2989) y así resultaba también del contenido del art. 2069 del Código Civil, que expresa an este prepésito que las loterías y rifas, cuando se permitan,
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Año: 1942, CSJN Fallos: 193:520
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